*Por María del Carmen Verdú e Ismael Jalil

En medio de la crisis estructural que atravesamos, cuando los índices de la pobreza, la desocupación, el hambre y hasta la misma descomposición del sistema caen a plomo sobre las grandes mayorías, no sorprende que el gobierno de Cambiemos haya presentado en el Congreso su proyecto de reforma al Código Penal. La máxima según la cual “el diseño punitivo muestra la anatomía política que se va moldeando” vuelve a imponerse. Gobernar con el código penal en la mano es propio de las democracias formales, aquellas que se inscriben en la lógica burguesa de ajustar cada vez más en tiempos de crisis, echando mano a todos los recursos para sostener ese ajuste.
Se advierte en este proyecto el lanzamiento de la campaña electoral oficialista: manodurismo extremo, punitivismo aleccionador. No otra cosa son las reformas que apuntan no sólo a garantizar impunidad, además alientan las prácticas estatales contenidas en la llamada doctrina Chocobar para la represión y el control social difuso en las calles. Hasta esta reforma, el gatillo fácil policial podía ser sometido a la apariencia de repudio jurisdiccional, con la posibilidad, al menos, cuando la lucha organizada lo forzaba, de lograr alguna que otra condena. Esta reforma consagra legalmente que el empleo de la reglamentaria contra la espalda de un pibe dejará de ser una cuestión objetiva para ser analizada desde la versión que brinde el uniformado que disparó. A partir de allí el gobierno de Mauricio Macri y Patricia Bullrich romperá hasta lo inimaginable su propio y negro récord de un muerto cada 21 horas a manos de las fuerzas de “seguridad” que dirigen.
En el mismo sentido se orientan las reformas vinculadas a agravar e impedir el acceso de los presos a regímenes excarcelatorios y libertades condicionales o asistidas. No sólo se avecina un agravamiento aún más extremo de la situación carcelaria, ya insostenible, sino que implica la consagración legal del pobre como enemigo interior. La nueva regla de que las penas de prisión son de cumplimiento efectivo, incluso las de menos de tres años, que se aplican a los delitos “de bagatela”; la reducción a situaciones excepcionales de la excarcelación u otras medidas alternativas a la prisión preventiva y la prohibición de excarcelar al “reincidente” independientemente de la gravedad del delito, por ejemplo cuando se trate de delitos muy menores como daño o resistencia a la autoridad, prometen multiplicar la población carcelaria a niveles nunca sospechados.
Otro aspecto relevante es la creación de las figuras de “aborto culposo” y de “lesión a la persona por nacer”, tanto dolosa como culposa, lo que otorga status jurídico al feto como ente distinto y ajeno al cuerpo de la persona gestante y promete mayor persecución a profesionales de la salud que asistan a personas gestantes que requieran la interrupción legal de un embarazo. El eufemismo demagógico de reducir en un año la pena para las mujeres que abortan no torna excarcelable la pena posible, ya que aún para condenas de menos de tres años, “excepcionalmente será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena”.
Si bien se mantienen las causales legales existentes para acceder al aborto, que no son en absoluto suficientes, el texto propuesto es totalmente regresivo, no sólo con respecto al fallo FAL sino en relación al propio código hoy vigente. En el proyecto se habla de salud en su aspecto “físico” y “mental”, muy lejos del concepto de salud de la Organización Mundial de la Salud presentado en el fallo FAL y lejos también del “salud” a secas del actual código, lo que indica un mayor carácter restrictivo y generará mayores obstáculos para acceder a la interrupción legal del embarazo. Ni hablar de que en este título sólo se habla de “mujeres”, sin incluir otras personas con capacidad de gestar.
En su afán por retener a su núcleo de votantes, también han diseñado un par de capítulos destinados a agravar los delitos ya vigentes para criminalizar y reprimir la protesta social, la manifestación y movilización popular: todas las figuras penales con las que suelen patrullar el código penal cada vez que salimos a las calles, se verán agravadas en sus penalidades y en sus modalidades. Basados en ambigüedades que dejan librado al criterio de los fiscales y jueces la aplicación de esas figuras, el riesgo de perder la libertad y la vida misma en manos del estado, se habrá incrementado si esta reforma pasa. Con el eufemismo leguleyo de «personas jurídicas privadas» pretenden extender la sanción a las organizaciones que formen parte en los hechos que habiliten a la detención de sus integrantes, sin dudas el avance más explícito sobre nuestros derechos a la organización de la lucha y la resistencia.
Cambiemos es el gobierno que ha instalado el estado de excepción, el mismo que suspende o niega los derechos y garantías. La represión multiplicadora de muertes, tortura y detenciones arbitrarias es el mecanismo directo con el que intenta disciplinar a un pueblo que tiene historia de lucha y resistencia. Pero como todo despliegue represivo es una combinación de aspectos legales e ilegales, necesita de esta reforma que, mientras garantiza impunidad a sus ejecutores, se cierne sobre los criminalizados con inusitado rigor para desarticularlos. Así como se hizo con la movilización popular que enfrentó la reforma previsional, la cual llevó al momento de mayor crisis del gobierno, habrá que estar en las calles para que esta reforma no pase.
Si pretenden que éste sea el lanzamiento de su campaña electoral, que su rechazo anuncie el imprescindible final del gobierno más antipopular y represivo que debimos soportar desde 1983.

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